Entiendo que algunos, para defender sus postulados pedagógicos, deban acudir a sus experiencias personales como alumnos (sesgadas y, pasados los años, difuminadas en el tiempo) o, simplemente, basarse en creencias acerca de lo que debían haber supuesto ciertas cosas. Es que, como bien sabéis, a día de hoy hay algunos que siguen diciendo que en EGB se enseñaba la lista de los Reyes Godos o que la agresión física de docentes a alumnos era algo habitual. Sin olvidarnos de aquellos que cuestionan el aprendizaje del alumnado que finalizaba esos estudios porque dicen «que no todo el mundo los finalizaba» y, por ello, no era válido que aprendieran unos pocos. Bueno, ahora aprenden unos pocos menos, pero parece ser que ahora no les importa porque el abandono escolar se ha reducido. Es lo que tiene la contraposición de argumentos absurdos.

Pero hoy voy a afirmar que la Ley General de Educación (LGE), de la que emana la EGB, es la ley más moderna de educación que ha pergeñado nuestro país. Además, yendo más lejos, voy a afirmar que con las ratios actuales, la cantidad de docentes que disponemos en los centros educativos, las infraestructuras (a pesar de lo malas que sean) y el equipamiento, si tuviéramos la LGE en vigor tendríamos mejores resultados en el aprendizaje de nuestro alumnado. Y también, de facto, se hubiera reducido el número de alumnado que abandona el sistema sin necesitar maquillar resultados de abandono o titulación. Lo afirmo porque yo sí que me he leído la ley. Una ley de la que os voy a desgranar hoy tan solo el preámbulo y que podéis consultar en su totalidad aquí.

La Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa se basa en un documento o un «libro blanco», titulado «La educación en España. Bases para una política educativa». Un documento de más de 200 páginas del cual os voy a enlazar una síntesis del mismo (enlace). Ya veis que fue mucho más trabajada que la LOMLOE y que cualquiera de las leyes anteriores a la última salvo, quizás, en el caso de la LOGSE, que también tuvo su propio «libro blanco» (enlace).

Vayamos a lo que nos interesa. A argumentar, con evidencias y no relatos, por qué considero que la LGE es una ley más moderna y actual que la LOMLOE. Y solo me voy a centrar en su apartado introductorio porque dejo el desarrollo de la misma para posteriores artículos.

En primer lugar era una ley que se declaraba fundamentalmente anticlasista y pretendía democratizar la enseñanza. En ninguna otra ley se ha leído hablar tan claro del clasismo educativo y de querer luchar contra el mismo. Además argumentaba que el cambio de la Ley Moyano (la anterior a la LGE) era necesario porque había cambiado la estructura social y mejorado la tasa de analfabetismo, con lo que las necesidades de cambio eran impepinables.

El marco legal que ha regido nuestro sistema educativo en su conjunto respondía al esquema ya centenario de la Ley Moyano. Los fines educativos se concebían de manera muy distinta en aquella época y reflejaban un estilo clasista opuesto a la aspiración, hoy generalizada de democratizar la enseñanza. Se trataba de atender a las necesidades de una sociedad diferente de la actual: una España de quince millones de habitantes con el setenta y cinco por ciento de analfabetos, dos millones y medio de jornaleros del campo y doscientos sesenta mil «pobres de solemnidad», con una estructura socioeconómica preindustrial en la que apenas apuntaban algunos intentos aislados de industrialización. Era un sistema educativo para una sociedad estática, con una Universidad cuya estructura y organización respondía a modelos de allende las fronteras.

Se cambia de ley, no por cambiar. No para complicar nada. Simplemente para dar respuesta a unas necesidades de nuestro alumnado. Por cierto y aprovecho para preguntar, sin acritud, a los defensores de la LOMLOE, qué cambio social ha habido para ser necesaria su promulgación. Salvo, claro está, que el único argumento sea el ideológico.

¿Había demanda social para la LOMLOE? ¿No se podían hacer zurcidos en la LGE antes de promulgar, por ejemplo, la LOGSE? Porque, en el caso de la LGE sí que existía, tanto esa demanda social. Y además, uno de los motivos por los que se redacta es porque ya eran demasiados los «apaños» que se habían dado en la misma en los últimos 30 años. ¿Lo estáis leyendo? 30 años sin cambiar de ley educativa.

Las reformas parciales que se han ido introduciendo en nuestro sistema educativo, particularmente en los últimos treinta años, han permitido satisfacer en medida creciente la demanda social de educación y hacer frente a nuevas exigencias de la sociedad española. Pero es necesario reconocer también que generalmente se ha ido a la zaga de la presión social, al igual que en la mayor parte de los países y, sobre todo, que los problemas educativos que tiene planteados hoy nuestro país requieren una reforma amplia, profunda, previsora, de las necesidades nuevas, y no medidas tangenciales y apresuradas con aspecto de remedio de urgencia.

Si leéis los siguientes dos párrafos os encontraréis con unas cuestiones muy relevantes: una reforma no siempre sirve para mejorar la situación existente, se debe contar con los profesionales más capacitados para redactarla y que la historia legislativa de la educación es con frecuencia un ejemplo de leyes desprovistas de eficacia. ¿La LOMLOE os parece una ley eficaz? Para mí no lo es. Y ya nos alertaban desde la LGE de este tipo de leyes sin sentido.

Una reforma, aunque la inspiren muy nobles deseos, no siempre sirve para mejorar la situación existente. Y cuando se trata de reformar algo tan trascendente y delicado como la educación, todo estudio y reflexión de las nuevas medidas y orientaciones es poco. Se ha querido, por tanto, contar con el asesoramiento de los sectores profesionales más capacitados y de las entidades más representativas de la sociedad española antes de redactar esta Ley.

(…) la historia legislativa de la educación en cualquier país, y también en España, ha sido con frecuencia ejemplo de leyes desprovistas de eficacia, despegadas de la realidad a la que se intentaba, sin embargo, remodelar.

También se habla de la necesidad de disponer de mecanismo de autocorrección y flexibilidad. De la necesidad de que todas las hipótesis pedagógicas sean puestas a prueba antes de ser aceptadas o rechazadas. No plantea en ningún momento imponer, tal y como se ha hecho con la LOMLOE, un constructo pedagógico como el DUA basado en pseudociencias y totalmente falto de análisis previo.

La educación es una permanente tarea inacabada; por ello la Ley contiene en sí misma los necesarios mecanismos de autocorrección y de flexibilidad, a fin de que, en el deseo de acertar, no haya hipótesis pedagógica que se rechace, sino después de ensayada, ni ayuda que no se acepte y agradezca , ya que la Educación, en definitiva, es tarea de todo el país.

Imposición cero a los docentes en su práctica educativa. No se quiere una ley dogmática a nivel metodológico porque, en la LGE se confía en los profesionales de la educación porque se supone que todos están subordinados al éxito educativo y tienen la mente abierta para aprender y colaborar. Algo que no sucede con otras leyes posteriores, especialmente con la LOMLOE, que cuestiona los criterios y la capacidad de los profesionales que están en el aula y, por ello, se controla, mediante informes infinitos, hasta el milímetro su acción docente.

El espíritu de la Ley no consiste, por tanto, ni en el establecimiento de un cuerpo de dogmas pedagógicos reconocidos por todos, ni en la imposición autoritaria de un determinado tipo de criterios. Lejos de ello, esta Ley está inspirada en la convicción de que todos aquellos que participan en las tareas educativas han de estar subordinados al éxito de la obra educadora, y que quienes tienen la responsabilidad de estas tareas han de tener el ánimo abierto al ensayo, a la reforma y a la colaboración, venga ésta de donde viniere.

La LGE reconoce en su preámbulo la necesidad de no tener un modelo educativo uniforme. Dice que la experiencia ha demostrado que no es eficaz la introducción de reformas mediante disposiciones generales y rígidas, prescribiendo métodos no ensayados en centros educativos que no dispongan de formación y medios. Introduce los centros específicos de formación del profesorado que, en su planteamiento original, no es en lo que se han convertido ahora.

La ley, fuera de las líneas básicas del sistema educativo, ha tratado de huir de todo uniformismo. La experiencia ha demostrado cuán poco eficaces son las reformas de los Centros docentes intentadas mediante una disposición general y rígida, prescribiendo planes o métodos no ensayados todavía y dirigidos a un personal docente que no esté identificado con el pensamiento del legislador, o que carece de información y medios para secundarle. La tarea de los Institutos de Ciencias de la Educación, en este sentido, será de suma importancia.

La personalización del aprendizaje es clave también en la LGE. No considera el sistema educativo como un sistema de criba selectiva. Lo considera como un sistema capaz de desarrollar al máximo la capacidad de todos los ciudadanos. No habla solo del alumnado. Va mucho más allá y engloba a toda la ciudadanía porque, otra de las cuestiones que plantea, es la necesidad de una formación permanente. Un concepto que aparece por primera vez en los articulados legislativos.

Se trata, en última instancia, de construir un sistema educativo permanente no concebido como criba selectiva de los alumnos, sino capaz de desarrollar hasta el máximo la capacidad de todos y cada uno de los españoles.

Se establece un sistema flexible y permeable que pretende acabar con cualquier tipo de discriminación. Además, para aquellos que sigáis diciendo que la EGB o el BUP eran excesivamente academicistas, tan solo hace falta leer una de las apreciaciones que aparece en el párrafo siguiente, en el que dice textualmente, «el BUP, al ofrecer una amplia variedad de experiencias práctico-profesionales, permite un mejor aprovechamiento de las aptitudes del alumnado y evita el carácter excesivamente teórico y academicista». Así pues, como veis, de nuevo el argumento de los detractores del modelo de EGB salta por los aires. Lo único en lo que sí que se ha mejorado es en la gratuidad del Bachillerato aunque recuerdo que, estando la LGE en vigor, por mejora de la coyuntura económica del país, ya se había establecido esa gratuidad.

El período de Educación General Básica, que se establece único, obligatorio y gratuito para todos los españoles, se propone acabar en el plazo de implantación de esta Ley con cualquier discriminación y constituye la base indispensable de igualdad de oportunidades educativas, igualdad que se proyectará a lo largo de los demás niveles de enseñanza. El Bachillerato unificado y polivalente, al ofrecer una amplia diversidad de experiencias práctico-profesionales, permite el mejor aprovechamiento de las aptitudes de los alumnos y evitar el carácter excesivamente teórico y academicista que lo caracterizaba, siendo de esperar que cuando las condiciones económicas del país lo permitan, también llegue a ser gratuito. La enseñanza universitaria se enriquece y adquiere la debida flexibilidad al introducir en ella distintos ciclos, instituciones y más ricas perspectivas de especialización profesional. En cualquier momento del proceso educativo, pasado el período de Educación General Básica, se ofrecen al alumno posibilidades de formación profesional, así como la reincorporación a los estudios en cualquier época de su vida de trabajo.

El párrafo siguiente es brutal. Habla de mejorar el rendimiento y calidad del sistema educativo y, para ello, considera fundamental dos cosas que afectan al profesorado: su formación y su dignificación, social y económica. Y otro tema que también es importante es que desmonta la confusión interesada que hacen algunos del aprendizaje memorístico que, supuestamente, era lo que sucedía porque dice textualmente que «esta ley se orienta más hacia aspectos formativos y adiestramiento para aprender por sí mismo, que a la erudición memorística». Incluye también la coletilla de evitar la subordinación a los exámenes. Es decir, que no solo es más moderna que la LOMLOE. Es que habla de la necesidad de saber para poder aprender por sí mismo. Primero el alumno sabe y, posteriormente, moviliza esos conocimientos para poder aprender por su cuenta. Y nos recuerda que se debe evitar la ampliación de asignaturas y currículo, además de evitar la introducción no ponderada de nuevos métodos y técnicas de enseñanza.

Se pretende también mejorar el rendimiento y calidad del sistema educativo. En este orden, se considera fundamental la formación y perfeccionamiento continuado del profesorado, así como la dignificación social y económica de la profesión docente. Para el logro del primero de estos objetivos desempeñarán una función de la mayor importancia los Institutos de Ciencias de la Educación, que, establecidos en todas y cada una de las Universidades españolas, han de prestar servicios de inapreciable valor a todo el sistema educativo, cumpliendo así la misión rectora de la Universidad en el plano educacional. Para intensificar la eficacia del sistema educativo la presente Ley atiende a la revisión del contenido de la educación, orientándolo más hacia los aspectos formativos y al adiestramiento del alumno para aprender por sí mismo, que a la erudición memorística, a establecer una adecuación más estrecha entre las materias de los planes de estudio y las exigencias que plantea el mundo moderno, evitando, al propio tiempo, la ampliación creciente de los programas y previendo la introducción ponderada de nuevos métodos y técnicas de enseñanza, la cuidadosa evaluación del rendimiento escolar o la creación de servicios de orientación educativa y profesional, y la racionalización de múltiples aspectos del proceso educativo, que evitará la subordinación del mismo al éxito en los exámenes.

Incluye un concepto que para mí es clave y que ya he mencionado anteriormente: la flexibilidad. Y otro tema muy importante que es el basarse en el análisis de la propia realidad educativa. Eso sí, sin olvidar poder ver qué están haciendo en otros países pero siempre teniendo claro que la reforma está basada en lo que sucede en nuestro país.

La reforma está inspirada en el análisis de nuestra propia realidad educativa y contrastada con experiencias de otros países. La flexibilidad que caracteriza a esta Ley permitirá las reorientaciones e innovaciones necesarias no ya sólo para la aplicación de la reforma que ella implica, sino también para la ordenación de la misma a las circunstancias cambiantes de una sociedad como la actual, profundamente dinámica.

Una de las cuestiones que son, para mí, de las más importantes que menciona la LGE, es la necesidad de «ser una ley con menor dosis de jurisdicidad en sentido estricto» porque incide en que la educación no es algo uniforme y que depende, tanto de los docentes, del alumnado y del contexto. Por ello habla, no de imponer y sí de convencer al profesorado y a la sociedad en su conjunto, de que es una ley para la mejora educativa. A diferencia de la LOMLOE, en la LGE se da mucha autonomía a los docentes y a los centros educativos, mediante una menor carga burocrática y un menor control, considerando la profesionalidad de los que trabajan ahí.

La Ley General de Educación, desde un punto de vista jurídico, necesariamente ha de presentar unas características diferenciadas respecto de la mayoría de las demás Leyes. Cabría afirmar que en ella forzosamente debe ser menor la dosis de jurisdicidad en sentido estricto. Basta señalar que factores tan decisivos en una obra de educación como la personalidad del Maestro, su relación con los alumnos, la auténtica vida corporativa de los centros docentes y el imprescindible ambiente favorecedor de la enseñanza no son susceptibles de una regulación uniforme, imperativa y pormenorizada por el Estado, al modo con que se efectúa la ordenación de otro tipo de conductas. En dicha vertiente, como no puede ser menos en una Ley General de Educación, no se trata de vencer, sino de convencer.

Y, finalmente, habla de que para que la reforma tenga éxito, debe cambiarse la mentalidad de los que han de dirigirla y aplicarla. Sí, pone la misma importancia en el docente que en el que gestiona, desde la administración, las políticas educativas. Repite la gran competencia profesional de los docentes y vuelve a decir que en sus manos está la responsabilidad más honrosa y difícil del tema. Algo de lo que no se habla en la LOMLOE salvo para pedirles cuentas.

El éxito de una reforma como la que ahora se acomete solamente será posible con una mentalidad nueva e ilusionada en los que han de dirigirla y aplicarla. Será necesaria una reorganización profunda de la administración educativa, y así se prevé en esta Ley, pero será necesario, sobre todo, que cada docente se sienta solidario de esa acción renovadora y contribuya con su competencia profesional. Imaginación y entusiasmo a prever y solventar los problemas nuevos que surgirán en esta etapa de transformación de la educación española. En el profesorado de todos los niveles recaerá la responsabilidad más honrosa y difícil de la reforma, y su proverbial dedicación profesional hace augurar una colaboración inteligente y decidida que permitirá alcanzar los nuevos ideales educativos.

No sé vosotros, pero a mí como docente y padre, me apetecería volver, con todas las modificaciones que hubieran que hacerse, a la LGE. Su espíritu, a diferencia del ordeno y mando de algunas de las posteriores, creo que mitigaría el malestar, mejoraría la situación en las aulas y, estoy convencido de que acabaría mejorando el aprendizaje de todo el alumnado.

Por poner una pregunta encima del tapete… ¿realmente los que criticáis la LGE os la habéis leído? Porque es, a nivel de redactado, mucho más moderna, innovadora y respetuosa con la comunidad educativa que todo lo que ha venido desde la LOGSE. Y, por favor, no me vengáis a decir que el papel lo aguanta todo porque, precisamente estáis diciendo que, por su redactado legislativo, la LOMLOE es maravillosa y que el problema de los que la criticamos es que no hemos entendido la ley. O que no queremos lo mejor para el alumnado. Algo que, como bien sabéis, es un argumento totalmente falso.

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