Las programaciones de aula… ¡y seguimos opinando, o haciendo las cosas, sin leernos la normativa!

En mi centro, supongo que al igual que en la mayoría de centros educativos, estamos inmersos en el desconcierto que supone, a nivel “papeleo” la LOMLOE. Ni sabemos qué se nos pide. Ni nadie nos explica qué se nos pide. Y ya no digamos la incapacidad de nuestra administración de saber explicarnos qué es lo que ha escrito en la normativa que nos ha enviado. Normativa que, por cierto, no se lee por parte del profesorado.

Voy a contaros otra de esas cuestiones que nos ha traído la LOMLOE. Bueno, que hacíamos todos pero, a la que ahora, por cuestiones de incremento de burocracia (¡todas las leyes educativas llevan asociado incremento de burocracia y reducción del aprendizaje de nuestro alumnado!), debemos tener hecho en algún papel (bueno, va a ser que no hace falta papel). Me refiero a las programaciones de aula.

¿Qué es una programación de aula? Pues según lo que dice mi administración educativa (he revisado otras y, prácticamente, dicen lo mismo con alguna falta más o menos de ortografía en su redactado) es lo siguiente (fuente):

La programación de aula partirá de la propuesta pedagógica de departamento y tendrá que incluir para cada materia o ámbito, al menos, los siguientes elementos:
a
) Las situaciones de aprendizaje adaptadas a las características del grupo.
b
) Los criterios de evaluación asociados a las situaciones de aprendizaje planteadas.
c
) La organización de los espacios de aprendizaje.
d
) La distribución del tiempo.
e
) La selección y organización de los recursos y materiales.
f
) Las medidas de atención para la respuesta educativa para la inclusión.
g
) Los instrumentos de evaluación.

Lo mismo que las programaciones didácticas que ya realizábamos, con la característica de que nos piden, para cada uno de nuestros grupos-clase, una elaboración específica. En mi caso, que tengo ocho primeros de ESO, me piden que haga una programación específica para cada uno de los grupos a los que doy clase porque, esto de la programación de aula solo aplica a los grupos que este año incorporan la LOMLOE. En Secundaria son primero y tercero de ESO y, primero de Bachillerato.

La verdad es que resulta muy divertido que, en lugar de darnos formación pedagógica o nos doten de recursos materiales y didácticos para mejorar nuestra praxis docente, nos pidan que multipliquemos, en mi caso por ocho, el número de documentos que debo realizar. La verdad es que de pedir burocracia la administración educativa son expertos. Bueno, y de tirar dinero público en determinados proyectos educativos por los que algunos deberían estar en la cárcel, también. Pero esos, curiosamente, acabarán jubilándose y muriéndose en la cama sin haber pasado por presidio. Es lo que tiene que la historia se repita.

Pero bueno, por suerte las administraciones educativas son bastante inútiles a la hora de redactar documentación legal y, por tanto, solo hace falta ir leyendo un poco más para ver que, curiosamente, el párrafo siguiente anula cualquier necesidad de tener “para ya” esas programaciones de aula:

Las programaciones de aula correspondientes a los cursos primero y tercero de ESO y primero de Bachillerato se irán elaborando a lo largo del curso 2022-2023, sin perjuicio que a finales del mes de octubre se entregue a la dirección del centro un esquema básico que recoja los aspectos fundamentales indicados en el apartado anterior.

Solo hace falta querer leer. No es obligatorio tener las programaciones de aula para ahora. Se pueden tener a final de curso. Nadie te puede obligar a que las entregues antes. Y voy a ir más lejos, en caso de tener un equipo directivo que os presione, podéis entregarles simplemente el esquema que marca la normativa. Sí, os voy a dar un ejemplo, que sería lo que entregaría yo si me obligaran a hacerlo:

La programación de aula de la materia de Tecnología y Digitalización de primero de ESO A partirá de la propuesta pedagógica de departamento y tendrá que incluir para cada materia o ámbito, al menos, los siguientes elementos:
a
) Las situaciones de aprendizaje adaptadas a las características del grupo.
b
) Los criterios de evaluación asociados a las situaciones de aprendizaje planteadas.
c
) La organización de los espacios de aprendizaje.
d
) La distribución del tiempo.
e
) La selección y organización de los recursos y materiales.
f
) Las medidas de atención para la respuesta educativa para la inclusión.
g
) Los instrumentos de evaluación.

Y ya lo tendríamos. Eso solo en caso de que encontréis un equipo directivo que tenga ganas de presionaros a nivel “papeleo”. Hay algunos que lo hacen. Debe ser que, o bien no se leen la normativa del todo o bien tienen ganas de presionar a sus compañeros. Quién sabe. Hay tantos equipos directivos como docentes y culos. Cada uno con sus características.

Además, como os he dicho antes, hay cuestiones muy divertidas en los redactados legislativos (en este caso unas Instrucciones que, en ocasiones, van contra la propia normativa superior). Este es el caso siguiente:

En cuanto a las programaciones de aula correspondientes a los cursos segundo y cuarto de ESO, y segundo de Bachillerato, con carácter general se podrán mantener durante el curso 2022-2023 las programaciones elaboradas el curso anterior, dado que tendrán que ser elaboradas de nuevo de acuerdo con el nuevo currículo para su aplicación durante el curso 2023-2024.

Lo sé. Se ha de ser muy inútil para decir que podremos mantener unas programaciones de aula que no existen porque, curiosamente, en el curso 2021-2022 no se había aplicado la LOMLOE y, por tanto, no se estaba obligado a hacer esas programaciones de aula. Bueno, tal y como habéis visto, por ahora no hay ningún lugar en el que diga en qué formato deben hacerse esas programaciones de aula ni cómo deben de guardarse.

Ah, otro detalle divertido… ¿sabéis quién tiene que evaluar las programaciones de aula?

La evaluación de las programaciones de aula será realizada por el
personal docente responsable de su aplicación (…)

Sí, las programaciones de aula las debe evaluar el mismo profesor que las aplica. Es que me meo. Es todo tan surrealista que da mucha pena. El problema, como siempre digo, que va a haber muchísimos docentes que no se van a leer la normativa y van a perder el tiempo haciendo cosas “por lo que les dicen que han de hacer”. Y sí, reconozco que muchos inspectores tampoco saben de legislación (no creo, tampoco, que se la hayan leído) porque sé que algunos han ido a los centros a decir a los equipos directivos de los mismos que evaluarán esas programaciones de aula.

Y, finalmente la guinda del pastel…

Las programaciones de aula tienen que estar a disposición de todos los miembros de la comunidad educativa. El personal especializado de apoyo deberá tener en cuenta la programación de aula para adecuar el programa personalizado de adquisición y el uso funcional de la comunicación, el lenguaje y el habla.

A ver pedazo de inútiles (sí, me refiero a los que habéis redactado estas instrucciones). Si la programación de aula no es obligatoria hasta finales de curso, la evaluación se realiza por parte de los propios docentes que la elaboran y, en ningún momento se habla de tener esa documentación en ningún lugar salvo en el que decida el profesor que da clase en cada uno de esos cursos a los que afecta la LOMLOE (puede incluso guardarla en su cabeza o en servilletas con manchas de café), qué pinta que digáis que la vais a usar para adecuar ningún programa personalizado. O no sabéis qué estáis escribiendo o el que os dicta va cargado de gintonics. ¿Realmente alguien ha revisado lo que habéis escrito? ¿En serio?

Hablar de temas de legislación educativa por terceros y sin haberos leído las fuentes no es sano. Especialmente porque si leyeramos legislación y acudiéramos más a menudo a los juzgados para denunciar ciertas cosas, quizás otro gallo nos cantaría como profesionales de la educación.

Yo espero a que venga el inspector a evaluarme de las cátedras y me pregunte acerca de mi programación de aula. Ya estoy regocijándome con antelación. Salvo, claro está, que sea uno de esos inspectores que me leen habitualmente a los que, por cierto, tengo muchísimo cariño porque, al igual que nos sucede a los docentes de aula, en inspección hay magníficos profesionales. Eso sí, en ocasiones sujetos a los designios superiores de alguien que, o bien no sabe de educación, o bien no sabe delegar.

Como estoy haciendo en los últimos artículos, os recomiendo mi nuevo libro sobre educación para mayores de dieciocho, “Educación 6.9: fábrica de gurús”. Lo podéis adquirir aquí (en versión digital o papel) o en ese pop-up tan molesto que os sale. Y sí, me haría mucha ilusión que fuera uno de los diez libros más vendidos sobre educación este curso. 😉

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17 comentarios

  1. Yo llevo años que no leo normativas , las normas las pongo yo en mi clase. Toda esta innovación y cambios me la paso por el forro. Cuando mis antiguos alumnos me saludan y me dicen que acabaron sus carreras y otros sus oficios, siento un verdadero orgasmo. No voy a cambiar mis métodos que funcionan para convertirme en un perro flauta happy flowers .

    1. No hablo de cambio de metodologías. Hablo de cambios legales, tanto a efectos de “burrocracia” a entregar a la administración, como de cambios de desarrollos curriculares. La metodología, por suerte, todavía está blindada, aunque quieran imponerla algunos, por el artículo 20 de la CE y varias sentencias constitucionales. Aquí escribí sobre ello https://xarxatic.com/los-limites-de-la-libertad-de-catedra/. Un saludo.

  2. Hola Jordi,
    Artículos como este, explicando las leyes y normas que nos rigen, me resultan muy útiles para mi “tarea docente”.
    Humildemente te pido que continúes con ellos.

  3. Buenas! Perdona si no procede la pregunta, pero me has generado una gran duda. Es mi tercer año como profesora y los dos anteriores a la LOMLOE he estado convencida de que era obligatorio hacer programación de aula. ¿Es posible que solo hubiese que hacerla en el año de prácticas y yo no lo hubiese entendido bien? Culpa mía de primeras por preguntar en su momento a mis compañeros y no leerme la ley de arriba a abajo, aunque precisamente lo que no entendía era por qué en ningún sitio se hablaba de la PA y nadie en internet explicaba cómo hacerla correctamente. Muchas gracias por tus reflexiones, son maravillosas. Se agradece un poco de cordura en este mundo de extremismos y pseudociencias.

    1. Las programaciones de aula nunca han sido obligatorias. Otra cuestión es que todos los docentes la tengamos (o bien en papel, o bien en la cabeza). Es una manera de saber qué hemos de dar al día siguiente. Y saber qué hemos dado el día anterior. Otra cuestión es la parte burocrática del asunto que jamás ha sido obligatoria y, con la LOMLOE tampoco lo es. Repito, puede llegar un momento en que el articulado incluya la necesidad legal de aportarla, pero por ahora no es de aporte obligatorio. Gracias a ti por pasarte por aquí.

  4. El riesgo de burocratización empezó en 1970, con la Ley General de la Educación y la inroducción de los ERPA (extracto del Registro Personal del Alumno. Desde entonces, no hemos parado en burocratización. Afortunadamente la tecnología digital ha permitido simplificar. Como dices, el primer año es trabajoso (esta vez el MEC da plazos), pero una vez hecho el primero, cada año se introducen retoques que, en principio, deben basarse en la autoevaluación que el profesorado ha realizado de la aplicación de su programación. No es una propuesta tan negativa, sino que tiene un lado positivo que no logra cuajar: un enfoque más propio del modelo investigación-acción que de la pura burocratización formal y vacía. Es decir, recuperar un enfoque que: a) reflexiona sobre lo que va a enseñar; b) detalla algo cómo lo va a enseñar; c) evalúa lo que ha hecho; y d) lo hace para verificar si su alumnado está realmente aprendiendo lo que tiene que aprender.

    1. Si a mí una programación de aula me parece fantástica siempre y cuando no sea un “trámite burocrático”. Cada curso hago anotaciones y, al final del mismo veo qué ha funcionado y qué no. Esto me permite poder mejorar (o no) el siguiente curso.

      Otro tema es que deba de burocratizarse todo. Y eso, al final, acaba siendo un grave error. Quizás convendría menos papeles, más recursos y más dejar trabajar al profesorado (dotándole de herramientas de ayuda).

      Un saludo.

  5. Me produce una especie de profundo alivio leerte. Soy maestra de primaria y, sin embargo, estoy viviendo mucho de lo que describes y ejerzo con angustia de tener que ceder mucho tiempo a la burocracia sin descuidar a mis alumnos. Doy lengua en dos sextos y un quinto, valores cívicos a un quinto, matemáticas a un sexto y soy tutora de un sexto. Además, debo atender a 12 alumnos acnee repartidos en esos grupos de los que también se exige su particular burocracia. Gracias por poner palabras a lo que muchos docentes sentimos.

  6. Me has quitado de la mente todo lo que dije en una reunión de Departamento…la educación cada vez más perdida….y no veo horizonte de cambio…gracias por tu artículo.

    1. Lamentablemente, el horizonte a corto y medio plazo, pinta peor. Salvo, claro está, que haya una debacle pedagógica y se retome el sentido común. Por intentar ser optimista…

  7. Hombre, la ley rige para varios años; por eso ordena en general lo que será regla todos los cursos …y luego o a la vez señana las medidas transicionales de implantación (lo peculiar de este curso).

    1. Las leyes educativas no rigen para varios años. No hay dos cursos en los que, entre Reales Decretos, Decretos, Normas e Instrucciones, se parezca en algo lo que se tiene que hacer que lo que se hacía el curso pasado. Es solo leerse normativa.

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