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Imágenes de alumnado en redes sociales personales de docentes

No, un docente no puede colgar imágenes de sus clases en su cuenta de Twitter, Facebook o Instagram (por hablar de las redes sociales más utilizadas). Tampoco puede subir vídeos de la clase a su canal personal de YouTube. No lo digo yo. Lo dice el RGPD y las múltiples instrucciones y normativas que publican las diferentes administraciones educativas. Tampoco, y voy más allá, se pueden publicar mensajes recibidos por parte del alumnado relacionados con su praxis docente o exámenes ya contestados. Y no se puede incluso que se anonimice el nombre. En el caso de imágenes o vídeos, ni que se ponga una cara en forma de emoticono o se pixele las facciones del alumnado. Son reconocibles porque no cuesta nada tirar del hilo del que lo publica en las redes sociales, saber en qué centro trabaja y de ahí poder identificar al alumnado.

Voy a ir más lejos. Tal y como ha sucedido en las redes sociales en numerosas ocasiones, se puede llegar a denunciar incluso al que dé un retuit o comparta una publicación de un docente que incluya ese tipo de información privada. Así pues, lo que se debería hacer, al margen de no publicar nada en las cuentas de las redes sociales personales, que pueda identificar al alumnado, ni de actividades que se realicen dentro y fuera de los centros educativos, tampoco se debería ayudar a difundir esa información. Y para eso mejor que no dar ni un “me gusta”, ni un “retuit”, ni esos “corazoncitos” en Instagram. Nada, obviarlo es la mejor opción. Si uno quiere ahorcarse legalmente publicando cosas que no toca es su problema. Alegar desconocimiento de la legislación no exime su cumplimiento ni la sanción que se puede llegar a tener.

En cuanto al tema de las cuentas en las redes sociales de los centros educativos, la normativa ya va a depender de la normativa de cada Comunidad Autónoma. En el caso de la Comunidad Valenciana, se prohíbe expresamente que ningún centro educativo tenga cuenta de Facebook, Twitter o Instagram. Lo dice clarísimo en sus instrucciones de inicio de curso (fuente).

Fuente: https://ceice.gva.es/

En el punto 3a dice clarísimamente “está expresamente desautorizado el uso de redes sociales que incluyan cualquier tipo de publicidad“. Algo que afecta a las redes sociales que tienen tuits promocionados o aparece publicidad cada cierto tiempo de navegación por las mismas. Así pues, no es que los centros educativos valencianos no puedan colgar imágenes en sus cuentas de Twitter, Facebook o Instagram. Es que no pueden tener cuenta de Twitter, Facebook o Instagram.

Por tanto mi recomendación es que, por mucho que haya docentes a los que les guste publicar todo lo que sucede en su aula, se dediquen a publicarlo solo para consumo interno y para cosas relacionadas con su función (que es el aprendizaje del alumnado). Entiendo que unos lo hacen con toda la buena fe del mundo. Otros ya sabemos que lo hacen por ego y por difundir “lo buenos docentes que son”. Lo único que les pediría a unos y a otros es si realmente es necesario lo anterior. ¿Aporta algo publicar una foto de lo que están haciendo los chavales en el aula? ¿Aporta algo publicar el dibujo de unas palomas o el pintar murales a favor de la igualdad sexual o el colectivo LGTBI? Pueden ser actividades educativas interesante pero, por favor, podéis hablar de la actividad pero no hace falta que uséis imágenes obtenidas en vuestro centro educativo. No es legal hacerlo. No tenéis permiso para hacerlo. Podéis tener problemas. Es que es solo pediros un poco de sentido común.

Ya es complicado tragarse que el modelo de permiso para el uso de imágenes en los centros educativos tiene valor legal para usar las mismas en la web de los centros educativos. Debería pasarse una autorización por cada actividad que quiere colgarse en la misma. Pero, aún así, se puede llegar a comprender. Incluso hace gracia a la mayoría de familias ver qué actividades hacen sus hijos. Otro tema es que su maestro de Infantil o su profesor de Tecnología cuelgue en sus redes sociales personales esas imágenes motu proprio.

Se puede hablar de temas educativos sin necesidad de poner en riesgo datos sensibles del alumnado. Tan solo hace falta pensar qué vamos a publicar antes de hacerlo y pensar, incluso que sea más cómodo no hacerlo, si es realmente necesario publicar ciertas cosas que pasan en nuestras aulas y/o centros educativos.

Actualización

Añado al artículo la Guía para Centros Educativos, publicada por la Agencia Española de Protección de Datos que, de forma muy sencilla, responde a todas las preguntas acerca del uso de los datos y tratamiento de los mismos, que cualquier equipo directivo, docente, alumnado o familias pueda tener.

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