Entre los docentes existen ciertos hábitos (no solo) digitales que, por costumbre, nadie se plantea como problema. El problema es que muchas de esas costumbres no son “malas prácticas”. Son directamente contrarias a la normativa. Aquí van algunos ejemplos de cosas que se hacen y que, si uno se para a mirar, están prohibidas o reguladas con bastante claridad.

Publicar fotos del aula (con o sin alumnado) sin consentimiento.
Las imágenes del alumnado son datos personales. Su publicación exige base jurídica y consentimiento explícito de las familias o de la propia persona si es mayor de edad. Esto lo regula el RGPD y la LOPDGDD.

Grabar y subir clases o actividades a redes sin autorizaciones.
Grabaciones que incluyen menores, profes o familias requieren información y autorización. La AEPD recoge recomendaciones específicas para centros. No es “contenido viral”, es responsabilidad. Por cierto, no está autorizada la publicación de nada que suceda en tu centro educativo en TUS redes sociales.

Publicar en tus redes en horario lectivo como si fuera “microdescanso”.
El tiempo de trabajo no es tiempo libre. El Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) establece deber de dedicación durante la jornada. Tus tuits o publicaciones en Instagram a las diez de la mañana no son un derecho laboral.

Cobrar dos veces: incompatibilidades y doble retribución.
Compatibilizar cargos públicos y actividades privadas exige tramitarlo según la Ley de Incompatibilidades (Ley 53/1984) y normas autonómicas. Cobrar dos veces por lo mismo, o hacer horas “extra” no declaradas, puede ser sancionable. La administración pública regula muy seriamente la compatibilidad de actividades.

Dar una ponencia o formación remunerada en horario lectivo y dejar la clase desatendida.
Dejar alumnado sin supervisión por ir a dar una charla —sea remunerada o no— choca con el deber de servicio y con normas de responsabilidad y protección. Si es remunerada, además puede entrar en el régimen de incompatibilidades. Piénsalo dos veces antes de hacerlo porque se trataría de una falta muy grave.

Usar WhatsApp o apps personales para datos sensibles.
Comunicar incidencias con familias por WhatsApp es habitual, pero el RGPD exige minimizar y proteger datos personales; hay plataformas oficiales pensadas para ello. La comodidad no exime de la obligación legal.

Almacenar listas, evaluaciones y exámenes en la nube personal.
Guardar datos del alumnado en cuentas personales (Drive, Dropbox privadas) vulnera el principio de seguridad y puede suponer una fuga de datos si la cuenta no está gestionada por la administración. Los ficheros académicos deben custodiarse en entornos autorizados.

Reenviar correos internos y capturas del claustro.
Difundir comunicaciones internas o capturas fuera del ámbito que las generó vulnera deberes de confidencialidad y buena fe profesional (EBEP). El pantallazo que “era para un colega” puede dar problemas serios.

Compartir materiales con copyright sin citar ni respetar licencias.
La Ley de Propiedad Intelectual protege materiales (textos, fichas, explicaciones, …). No todo está “en Internet para usar”; hay excepciones docentes, pero la copia indiscriminada sin citar o sin licencia puede ser vulneración de copyright y, por tanto, delito.

Usar software sin licencia “porque es para clase”.
Piratería es piratería, incluso si la aplicación es “solo para imprimir fichas”. Existen alternativas educativas y licencias para centros.

Publicar comentarios despectivos sobre alumnado o familias en redes.
Más allá de la mala educación, puede constituir falta disciplinaria. Difamar, humillar o revelar datos personales es sancionable y daña la convivencia profesional. El rol docente exige prudencia.

Uso indebido de imágenes y material institucional del centro.
El logo, imágenes de actos o el diseño del centro son identidad institucional. Publicarlos sin autorización no es neutro. Hay reglas sobre uso de imagen y marca.

Registrar o geolocalizar al alumnado sin informar adecuadamente.
Cualquier tratamiento de datos (geolocalización, seguimiento) requiere información y base legal clara; no se puede “instalar y ya”. El principio de minimización de riesgos es clave.

Hacer tutorías o “clases extra” remuneradas en horario de trabajo público.
La compatibilidad de actividades exige trámites. Dar clase particular con horario público puede entrar en conflicto con la normativa sobre dedicación exclusiva.

Convocar o grabar reuniones con familias sin informar de grabación.
Grabar videollamadas con padres o con claustro sin advertirlo y pedir consentimiento choca con la normativa de datos y con la ética profesional. Preguntar cinco segundos antes no es suficiente.

Usar la identidad profesional para propaganda política.
La neutralidad institucional es obligatoria. Se pueden tener ideas políticas, pero no usar la condición profesional para campañas ni para presionar. La Constitución y normativa administrativa marcan límites.

Dejar exámenes o documentos del alumnado sin custodia.
Los datos académicos son datos personales. Perder un USB o dejar listas sobre la mesa es más que despiste. Es incumplimiento de obligaciones de seguridad.

Publicar materiales del centro y venderlos como propios.
Aparte de la ética, puede chocar con derechos de autor y con normas internas sobre propiedad de materiales creados en el centro. Si el recurso sale del aula para enriquecimiento personal, mal camino.

Difundir información sanitaria o de protección sin filtros.
Los datos de salud o expedientes disciplinarios son extremadamente sensibles. Su manejo requiere protocolos estrictos. Delega, consulta, no compartas por chat.

Usar grabaciones de clase para formación propia sin permisos.
Si grabas una clase para análisis profesional, necesitas informar a las personas implicadas y gestionar los datos según la ley. No vale el “es para mejorar mi docencia”.

Lo anterior no pretende criminalizar a nadie. Muchos docentes incurren en estas prácticas por desconocimiento o costumbre. Pero el desconocimiento no exime y la costumbre no legitima. En educación se nos pide formar ciudadanos críticos en un entorno digital; parte de esa tarea es mostrar coherencia entre lo que exigimos a los alumnos y cómo actuamos.

Si os sirve de guía rápida:

  • Piensa antes de publicar.
  • Usa las plataformas oficiales del centro para datos.
  • Pide y archiva consentimientos cuando correspondan.
  • Gestiona las compatibilidades y las retribuciones como lo que son… asuntos administrativos con consecuencias legales.
  • Cuando dudes, pregunta al responsable de protección de datos del centro o al servicio jurídico de tu administración.

La ley está para proteger a personas, no para fastidiar a nadie. Cumplirla no te convierte en funcionario de manual; te convierte en profesional fiable. Y, creedme, en tiempos de pantallazos y juicios, se tiene que ir con cuidado.

Todos los puntos anteriores están sacados de…

  • Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD).
  • Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD).
  • Real Decreto Legislativo 5/2015 (Estatuto Básico del Empleado Público).
  • Ley 53/1984, de incompatibilidades.
  • Real Decreto Legislativo 1/1996 (Ley de Propiedad Intelectual).
  • Guías y recomendaciones AEPD sobre imagen y centros educativos.

Espero que os resulte de interés. Por cierto, tenía muchas ganas de volver a hablar de legislación educativa. Es algo que, como bien sabéis los que me seguís desde hace tiempo por aquí, aunque parezca «aburrido» me apasiona.

Podéis descargaros mi último libro en formato digital, TORREZNO 3PO: un alien en educación, desde aquí.

Me podéis encontrar en X (enlace) o en Facebook (enlace). También me podéis encontrar por Telegram (enlace) o por el canal de WhatsApp (enlace). ¿Por qué os cuento dónde me podéis encontrar? Para hacerme un influencer de esos que invitan a todos los restaurantes, claro está. O, a lo mejor, es simplemente, para que tengáis más a mano por dónde meteros conmigo y no tengáis que buscar mucho.


Descubre más desde XarxaTIC

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

You May Also Like